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sábado, 20 de septiembre de 2008

Las webs de intercambio de archivos no cometen delito


CADENA SER


En octubre de 2007, un juzgado declaraba que la actividad de una web, Sharemula, incluida en una operación policial no era delictiva. Varias compañías anunciaron un recurso contra dicha sentencia y, casi un año después, la Audiencia de Madrid ha vuelto a concluir que las webs que facilitan enlaces a descargas de archivos no están cometiendo ningún delito.


En el auto, de 24 folios, se van rechazando una por una todas las alegaciones hechas por la industria, sin eludir el análisis de ninguna de ellas y sigue la línea de la defensa de sharemula.com, señalando que Sharemula es un prestador de servicios puesto que su actividad se centra en "facilitar enlaces, ni aloja archivos, ni realiza directamente la descarga, limitándose a facilitar una dirección donde se puede descargar la obra, esto es, su actividad se centra en enlazar".


Por otro lado, según asegura el auto, "este tipo de links constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web, ya que no reproducen la página enlazada, ni dan lugar a un almacenamiento de la misma en la propia página web de la remitente. Simplemente, como hemos dicho, 'ahorra' el trabajo de teclear el nombre de la página en el buscador. ¿Acaso el internauta que teclea el nombre de la página en el buscador está reproduciendo o distribuyendo el contenido de la página y está infringiendo la propiedad intelectual de la misma? Es evidente que no. El enlace simple cumple esa misma función, y por eso no supone infracción de dicho derecho".

1 comentario:

Anónimo dijo...

Romariet, lo que dice la sentencia no es que una web para compartir archivos no esté cometiendo un delito sino que lo que no es delito es una web donde aparecen enlaces a otras páginas desde las que si que se pueden compartir archivos. El artículo lo aclara pero el titular de lugar a confusion.